1) Reparación y mantenimiento de motores de propulsión de buques o embarcaciones en general.
2) Dirección y gobierno de máquinas, calderas, motores para servicios auxiliares del barco o embarcaciones; sus seguridades.
3) Condensadores de máquinas a vapor.
4) Turbinas y Máquinas a vapor, cañerías de vapor en general.
5) Material necesario para dar o recibir presión de vapor.
6) Calderas: material de seguridad reglamentaria (presión de régimen o de trabajo, válvulas de seguridad y sello), sistema de calefacción.
7) Soldadura; su empleo en las reparaciones según reglamentación y normas técnicas.
8) Sistemas de achiques e incendio; válvulas de toma y descarga de mar.
9) Guinches a vapor, hidráulicos o eléctricos.
10) Ejes; bujes, bocinas y hélices.
11) Máquinas o instalaciones frigoríficas y equipos de refrigeración.
12) Accesorios y piezas de repuestos de máquinas, útiles e instrumentos que deben llevar abordo los barcos o embarcaciones de la matricula nacional (parte pertinente).
13) Tanques; especificaciones sobre tanques destinados a almacenar combustibles, lastres o aguas sucias.
14) Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (parte pertinente).
15) Instalación, transformación o reparación de: máquinas principales y auxiliares, calderas y accesorios, motores principales y auxiliares.
16) Montaje y armado a bordo de maquinaria naval.
17) Recepción, pruebas y valoración de la maquinaria naval.
18) Certificación de planos de equipos y pruebas de las máquinas y calderas construidas en el extranjero.
19) Industria Naval: Dirección técnica de talleres navales, talleres motores y almacenes navales (parte pertinente).
20) Régimen de la tripulación y de los gremios afines (profesiones u oficios); régimen del servicio a bordo de los tripulantes (parte pertinente).
21) Legislación social marítima y afines (referidas a cuestiones técnicas del trabajo respectivo).
22) Accidentes y siniestros de navegación (naufragios, varadura, colisión, incendios, averías, salvamento, etc.), juicio pericial y arbitral (parte pertinente).
23) Valoración, de averías, tasaciones (partes pertinentes).